Unidades de transparencia de las Consejerías
a) Facilitar la aplicación, en sus respectivos ámbitos de actuación, de los criterios e instrucciones que se establezcan por los órganos responsables de señalados anteriormente o como consecuencia de la actuación del Consejo de la Transparencia.
b) Recabar y difundir la información pública a la que hace referencia esta ley, preparando los contenidos que, de acuerdo con su ámbito de actuación, deban ser objeto de publicidad activa.
c) Tramitar las solicitudes de información.
d) Realizar los trámites internos necesarios para dar acceso a la información solicitada.
e) Realizar el seguimiento y control de la correcta tramitación de las solicitudes de acceso a la información.
f) Prestar asistencia y apoyo a la ciudadanía en materia de acceso a la información.