Sistema de integridad institucional de la CARM

Sistema de integridad institucional de la CARM

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La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha apostado firmemente por desarrollar una auténtica política de integridad pública y así, junto a actuaciones ya en marcha en materia de transparencia, participación ciudadana y comunicación institucional, dirigidas todas ellas a que los ciudadanos y la sociedad civil perciban una nueva política que genere mayores niveles de confianza y afección, ha decidido dotarse de un Sistema de Integridad Institucional. El Sistema, aprobado el 27 de febrero en Consejo de Gobierno, se concibe como un instrumento de carácter esencialmente preventivo, dirigido a mejorar la infraestructura ética de nuestra organización pública, a prevenir la corrupción y las conductas públicas inadecuadas y, en consecuencia, a consolidar la confianza ciudadana en nuestras instituciones.

Elementos que componen el Sistema de Integridad Institucional

CÓDIGOS DE BUEN GOBIERNO

Los códigos de conducta son parte de fundamental de los Códigos de buen Gobierno y se configuran como instrumentos de autorregulación, que tienen un carácter dinámico y una finalidad esencialmente preventiva y orientativa.

Los códigos de conducta tienen un contenido esencialmente axiológico, pues comprenden valores y principios éticos -junto a la definición de su alcance-, y las normas de conducta asociadas a aquellos, pero también, en ocasiones, abarcan principios de buenas prácticas en la gestión pública a los que se anudan las respectivas normas de actuación.

En los siguientes apartados se puede acceder a los códigos d eBuen Gobierno que se han ido aprobando y en los que se está trabajando.

Enlaces

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS ALTOS CARGOS

Con el objeto de reforzar las conductas éticas de los altos cargos, como los máximos responsables de la voluntad de la Administración regional bajo cuya autoridad reposa la organización en su conjunto a la que deben dar ejemplo, el Código establece los valores y principios éticos, así como los principios de buenas prácticas en la gestión pública, anudando a cada uno de ellos las normas de conducta y de actuación que han de guiar su comportamiento.

Sin ánimo de ser exhaustivos el alto cargo deberá actuar justa, recta y honradamente, siguiendo las reglas de la buena fe; en este sentido, cultivará el servicio a los demás, realizará sus tareas con buen ánimo, será constante en la defensa del interés general y procurará el orden, la austeridad y la moderación, y evitará cualquier situación que pudiera plantearle un conflicto de intereses y, por tanto, influir en sus decisiones o actuaciones.

 

CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS EN CONTRATACIÓN PÚBLICA

El volumen de gasto que representa la contratación pública y la multitud de intereses públicos y privados que en ella convergen hace preciso extremar el rigor en los procedimientos, mejorar su eficiencia y su eficacia y aumentar sus niveles de transparencia.

Es por ello que, en el marco del Sistema, se integrará un Código de Buenas Prácticas en Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con la finalidad de reforzar las conductas éticas y mejorar las buenas prácticas en materia de contratación, para de este modo prevenir conductas deshonestas y reforzar la gestión eficiente del gasto público.

Se contempla que este Código tenga dos vertientes, una interna, que se proyecte a todos aquellos que despliegan sus actividades directivas o profesionales en el ámbito de la contratación pública, y otra externa, que se dirija a los licitadores y contratistas.

 

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS

Código establezca los valores y principios éticos, así como los principios de buenas prácticas que deben orientar a los empleados públicos, anudando a cada uno de ellos las normas de conducta y de actuación que han de guiar su comportamiento, con la finalidad de reforzar los valores éticos y mejorar las buenas prácticas en la gestión administrativa. Este Código se plantea como un código deontológico profesional, por lo que no requerirá de un acto de adhesión individualizado. Por ello, su aprobación deberá ir acompañada de cuantas actividades de difusión y formación sean precisas para garantizar su conocimiento y mejor cumplimiento.

CÓDIGO DE CONDUCTA EN MATERIA DE SUBVENCIONES Y AYUDAS PÚBLICAS (NUEVO)

Este código recoge principios, normas de conducta y buenas prácticas que deben regir la actuación de todos los intervinientes en los procesos de gestión de ayudas y subvenciones públicas.

Tiene carácter preventivo y orientador de la actividad de los cargos públicos y empleados públicos regionales que desplieguen sus funciones directivas o profesionales en el ámbito de las ayudas y subvenciones públicas.

Está destinado exclusivamente a mejorar la cultura ética y las buenas prácticas en la tramitación de ayudas y subvenciones públicas por la Administración Regional, así como a formar parte de la cultura organizacional e idiosincrasia de la propia Administración.

DIFUSIÓN Y FORMACIÓN

Una política de integridad eficaz ha de promover el desarrollo de cuantas medidas de difusión y formación sean necesarias para transmitir y enseñar los valores, principios y normas que conforman el Sistema de Integridad Institucional.

Para ello, se contempla, como primera medida encaminada a la difusión y formación en este ámbito, la modificación de los temarios de acceso a la función pública con el fin de incluir un apartado específico destinado al conocimiento del Sistema.

Asimismo, con carácter previo al nombramiento o contratación de cualquier alto cargo o empleado público, se le hará entrega del correspondiente ejemplar de código de conducta.

Dentro de las actividades de formación de la Administración regional, se prevé la inclusión de contenidos formativos específicos dedicados a la ética pública e integridad institucional tanto en los programas de acogida a los nuevos empleados públicos, como en los programas anuales de formación continua.

BUZÓN ÉTICO Y DE BUEN GOBIERNO

Para garantizar la efectividad del Sistema se prevé la puesta en marcha de un buzón informático denominado “Buzón Ético y de Buen Gobierno”, es decir, un canal de comunicación operativo 24 horas al día que sirva para plantear de forma telemática cuantas dudas, consultas y dilemas éticos puedan surgir en relación al contenido y aplicación de los códigos, así como para comunicar, también telemáticamente, posibles actuaciones irregulares, inadecuadas o contrarias al Sistema.

El sistema informático garantizará que las comunicaciones se realicen de forma segura, garantizando el anonimato, la confidencialidad y la protección de datos de carácter personal en todas las fases del procedimiento, de manera que quede preservada la identidad del comunicante, que no será revelada en ningún momento, así como la de la persona a quien se le atribuya alguna actuación irregular o inadecuada.

Esta herramienta no sustituirá, ni afectará, en ningún caso, a cualquier otro mecanismo de comunicación específico previsto en la legislación vigente, ni a los instrumentos específicos de cualesquiera otros órganos de control o prevención existentes.

Las consultas y comunicaciones efectuadas a través del buzón no tendrán naturaleza de denuncia, recurso o reclamación administrativa, ni comportarán la incoación de procedimiento administrativo alguno.

COMISIÓN DE ÉTICA INSTITUCIONAL

La Comisión de Ética Institucional asumirá el papel de órgano garante del Sistema de Integridad Institucional.

La Comisión, que quedará adscrita a la Consejería competente en materia de buen gobierno pero que gozará de autonomía funcional, se configurará como un órgano colegiado de composición mixta.

De este modo, para salvaguardar la independencia de criterio en sus resoluciones asegurando así su imparcialidad, el órgano integrará expertos externos a la Administración regional, ya sean procedentes del sector público o privado, que cuenten con reconocido prestigio en el ámbito de la integridad, la ética pública, la responsabilidad social corporativa, la transparencia o el buen gobierno.

REGISTRO DE GRUPOS DE INTERÉS

Como parte más del Sistema se han iniciado las actuaciones necesarias para la puesta en marcha de un Registro de Grupos de Interés de la de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

La finalidad de este Registro será asegurar la transparencia en las actuaciones de influencia que los grupos de interés o lobbies ejercen directa o indirectamente en los procesos de toma de decisión, de diseño, elaboración, ejecución y seguimiento de las políticas públicas o en la elaboración normativa de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de manera que éstos sean públicamente conocidos y ejerzan su actuación con la suficiente visibilidad en beneficio de todos.

Este registro electrónico tendrá carácter público y gratuito y la inscripción en él será voluntaria.

En su articulación se detallará el contenido, proceso y efectos de la inscripción, las normas de conducta a las que deberán sujetarse los grupos de interés inscritos y las condiciones de publicidad del Registro.

Nota de alcance

Fuente principal de datos:
Consejería de Transparencia y Participación
Tipo de acceso:
  • Informe
Última actualización:
31/01/2024
Notas:
Incluída la referencia a la publicación en el BORM

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