Criterios de Publicación RPT y Plantillas CARM

Criterios de Publicación RPT y Plantillas CARM

En esta página se informa sobre el proceso de adopción e implantación de criterios para la publicación de los datos de la Relación de Puestos de Trabajo y Plantillas de la Administración Regional, de manera que se garantice el interés público de su difusión y la protección de datos personales de los empleados públicos.

Mediante la Ley 7/2016, de 18 de mayo, se modificaron las obligaciones legales para la publicidad activa de la relación de puestos de trabajo y plantillas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia contenida en la Ley 12/2014 de Transparencia y Participación Ciudadana de la Región de Murcia (LTPC), ampliando la cantidad y detalle de información vinculada a las personas ocupantes de los puestos de trabajo, así como a sus retribuciones.

La publicación de lo requerido en la nueva redacción de la ley supone un cambio importante en la información que se pone a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia de la CARM y obliga a replantear los criterios adoptados para su publicación, así como a un rediseño de las soluciones técnicas para hacer consultable esta información.

  • En el último trimestre del año 2015, la publicación de las retribuciones y personal ocupante de la RPT conforme a lo establecido en la redacción originaria contenida en el artículo 13.2.a de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, ocasionó una importante polémica en los medios de opinión pública, originando la apertura de un expediente sancionador ante la Agencia Española de Protección de Datos.
  • Tal situación motivó un cambio en la publicación de la información de RPT y plantillas haciendo una interpretación de lo dispuesto en la ley regional, que es la que actualmente se mantiene en el Portal de Transparencia desde marzo de 2016. Así, la publicación se realizó atendiendo a los límites de la publicidad activa relacionados con la protección de datos dispuestos en los artículos 5.3 de la legislación básica estatal (Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno) y el artículo 9.4 de la LTPC de la Región de Murcia, y al criterio manifestado en el Dictamen conjunto de la Agencia Española de Protección de Datos y el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno de 23 de marzo de 2015.
La nueva redacción que la Ley 7/2016 da al punto 2, letra a): del artículo 13 sobre "Información institucional, organizativa y de recursos humanos", establece que en materia de recursos humanos, harán pública la siguiente información:
Las relaciones de puestos de trabajo, plantillas, catálogos de puestos o documento equivalente, referidos a todo tipo de personal, con indicación de las personas ocupantes y toda la información relativa a su relación jurídica y en especial:
  • Si la plaza está ocupada de forma definitiva o provisional. 
  • En el caso de ocupación provisional de la plaza, detalle de la fecha de adscripción provisional y sus sucesivas renovaciones. 
  • En el caso de desempeño de funciones sobre una plaza, detalle de la fecha de inicio y fin. 
  • En caso de reserva de plaza se incluirán los datos del empleado público al que se le reserva la plaza. 
  • Retribuciones anuales, tanto fijas, periódicas como variables previstas para el ejercicio, así como las devengadas en el ejercicio anterior. Estas retribuciones recogerán, con desglose de conceptos, todas las devengadas en cada ejercicio, por guardias, servicios extraordinarios, prolongación de jornada e indemnizaciones y dietas por razón de servicio, así como por cualquier otro concepto retributivo variable y se publicarán, para cada puesto, junto a las fijas y periódicas. 
Tras la modificación del artículo 13.2.a, en mayo de 2016, se solicitó informe previo a la AEPD con el fin de conjugar en la forma de materializar la publicidad activa de la CARM las obligaciones contenidas en la ley con la necesaria protección de los datos de carácter personal afectados. La respuesta de la AEPD se limitó a indicar que se cumplieran los preceptos de la ley aplicando las limitaciones contenidas en ella y en la legislación estatal básica, para el equilibrio en la protección de datos y el interés público derivado de su divulgación.

Enlaces

  • La Comisión Interdepartamental para la Transparencia en la Región de Murcia, como órgano colegiado, que presidido por la Consejera en materia de transparencia se encuentra compuesto por todos los Secretarios Generales de las diferentes Consejerías, así como por los Directores Generales competentes en materia de Función Pública, Informática y Archivos, se encuentra encargado de la planificación de las medidas en materia de transparencia, aprobó los siguientes Criterios de publicidad activa de las medidas contenidas en la ley de transparencia en materia de recursos humanos que afectan a datos de carácter personal.

La Administración Regional con carácter previo a la puesta en marcha de los anteriores criterios de la Comisión Interdepartamental solicitó los siguientes informes:

Al Consejo de Transparencia de la Región de Murcia

A la Agencia Española de Protección de Datos.

De acuerdo con el informe del Consejo de Transparencia de la Región de Murcia y teniendo en cuenta los criterios previamente existentes de la Agencia Española de Protección de Datos en esta materia, la Comisión Interdepartamental aprobó el siguiente Acuerdo:

Se incluye en este apartado la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de los anuncios para la apertura de los trámites de audiencia incluidos dentro del  acuerdo de la Comisión Interdepartamental para la transparencia.

Trámite de audiencia para personal de la Administración Pública Regional que no ostente la condición de personal docente no universitario o estatutario del Servicio Murciano de Salud , así como para personal de las entidades y organismos del sector público

Trámite de audiencia para personal, cualquiera que sea su régimen jurídico, estatutario, funcionarial o laboral, que preste servicios en el Servicio Murciano de Salud

Trámite de audiencia para personal de la Administración Pública Regional que tenga la condición de personal docente no universitario adscrito a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes

Una vez recibido el informe del Consejo de la Transparencia, y teniendo en cuenta los informes previos de la AEPD sobre la materia, la información a publicar de acuerdo con los criterios de la Comisión Interdepartamental será la siguiente:

  • La relación del PERSONAL EVENTUAL existente, con indicación expresa de su identificación, las labores de confianza o asesoramiento especial encomendadas y el órgano para el que presta las mismas, así como sus retribuciones anuales.
  • Información relativa a ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN, órganos de negociación colectiva, e Información relativa al número, coste y créditos horarios de las licencias sindicales.
  • La relación de los empleados públicos que tengan autorizada la COMPATIBILIDAD para un segundo puesto o actividad en el sector público o reconocida la compatibilidad con el ejercicio de actividades privadas.
  • Información relativa a las RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO Y PLANTILLAS. Se incluirá la información de las retribuciones brutas anuales de cada puesto de trabajo, indicando, de acuerdo con los criterios previos de la AEPD y del CTRM, el ocupante según se trate de puestos de libre designación (en este caso indicando nombre y apellidos), o de concurso de méritos (en este caso con las siglas del primer nombre y del primer apellido).
  • Información relativa a la OCUPACIÓN PROVISIONAL de los puestos de trabajo, facilitando los datos de los adjudicatarios de los puestos concedidos mediante comisión de servicios, traslados forzosos, desempeños provisionales, etc.
  • Información de todas las RETRIBUCIONES devengadas en el ejercicio 2017 por colectivos (cuerpos, escalas, opciones y categorías), incluyendo las retribuciones variables y gratificaciones por servicios extraordinarios.

. La INFORMACIÓN a publicar vendrá referida a los 3 ÁMBITOS en los que se estructura la Función Pública de la CARM: Administración y Servicios (personal de consejerías y organismos autónomos); Educación (personal docente no universitario adscrito a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes), y Servicio Murciano de Salud (personal dependiente del SMS).

Con carácter previo a esta publicación se ha realizado el oportuno TRÁMITE DE AUDIENCIA concediendo un plazo de quince días para que los interesados puedan realizar las alegaciones que estimen oportunas a fin de que las situaciones personales que gocen de algún grado de protección singular puedan ser alegadas y tratadas de forma diferencial y específica, adoptando la medida que proceda en cada caso.

 

Al margen de la audiencia anterior, se han incluido medidas de protección de carácter personal como las siguientes:

  • Los criterios articulados se han adecuado a los criterios señalados con carácter previo por la AEPD, así como por el CTRM.
  • La información que se proporciona está actualizada diariamente, accediendo a las bases de datos existentes en materia de recursos humanos[1].
  • En ningún caso se publicarán informaciones retributivas de carácter personal referentes a un concreto empleado público.
    • De acuerdo con lo anterior, en el apartado de RPT y Plantillas solamente se harán públicas las retribuciones brutas anuales asociadas a cada puesto de trabajo. No se incluyen, por tanto, en estas retribuciones los descuentos en concepto de retenciones de IRPF, las retribuciones ligadas a los complementos por antigüedad (trienios), las indemnizaciones por razón de servicio (en concepto de dietas, desplazamientos, impartición de cursos, etc.), ni otros complementos vinculados con la carrera (grado consolidado) o las retribuciones en concepto de productividad, jornadas especiales, horas extraordinarias, etc.
    • Las retribuciones personales de los empleados públicos señaladas en el apartado anterior (trienios, carrera, productividades, etc.) se facilitarán por colectivos (cuerpos, escalas, opciones y categorías).
No se facilitará información de carácter personal en formato reutilizable. La información reutilizable de la RPT y plantillas se ceñirá a la información de los puestos de trabajo, nunca de las personas ocupantes.
 

[1] El Servicio Murciano de Salud se encuentra desarrollando la aplicación que permita la consulta y acceso diario a esta información, por lo que la actualización de la información de este ámbito se realizará con carácter trimestral.

Se identificará con nombre y apellidos a los empleados públicos que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  • Que sean altos cargos.
  • Que se trate de personal eventual o de gabinete de los Consejeros.
  • Que ocupen puestos de trabajo de libre designación.
  • Que se trate de representantes electos en juntas de personal o comités de empresa.
  • Que tengan autorizada alguna compatibilidad para el desempeño de un segundo puesto en el sector público, o para el desempeño de alguna actividad en el sector privado.
Que se les haya concedido un puesto con carácter provisional (mediante una comisión de servicios, un traslado forzoso, un desempeño provisional, etc.) en los últimos 3 meses.
Con carácter previo a la publicación de esta información se han desarrollado reuniones preparatorias con el Consejo de la Transparencia de la Región de Murcia y con los representantes de las organizaciones sindicales presentes en las diferentes mesas sectoriales (de Administración y Servicios, de Educación y de Sanidad). Como

consecuencia de estas reuniones se ha mejorado la presentación de los datos en el siguiente sentido:

  • Se incorpora con formato reutilizable la información de las plantillas, sin permitir que información de carácter personal alguna que pudiera descargarse en este formato.
  • Se modifica el nombre de los ámbitos, cambiando la denominación de “Administración General” por “Administración y Servicios”.
  • Se mantendrá un HISTÓRICO DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO de la CARM, con acceso a todas las órdenes de modificación desde el año 2010.

Nota de alcance

Fuente principal de datos: Oficina de Transparencia y Participación Ciudadana de la Administración Pública de la Región de Murcia

Última actualización: 18-07-2018

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