Ficha de planes regionales

Ficha de planes regionales

Programa de Inspección Ambiental de la Región de Murcia para el año 2024

Este Programa de Inspección Ambiental en materia de calidad ambiental es el documento ejecutivo para el año 2024 del Plan de Inspección Ambiental para el periodo 2022-2028, aprobado mediante Orden de 13 de mayo de 2022 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente y publicada en el BORM n.º 113 de 18 de mayo de 2022. El Plan de Inspección Ambiental constituye el documento mediante el cual se ordena la inspección en materia de calidad ambiental en la Región de Murcia y se da cumplimiento a las obligaciones impuestas por la normativa comunitaria, estatal y autonómica en cuanto al deber de los organismos competentes de elaborar planes de inspección en materia de calidad ambiental.

El Programa de Inspección Ambiental para el año 2024 recoge la información necesaria para conseguir los objetivos específicos marcados en el Plan de Inspección Ambiental para el periodo 2022-2028, todo ello en función de las obligaciones normativas, los recursos disponibles y las circunstancias para su desarrollo, las cuales se encuentran determinadas en el Plan de Inspección.

   Periodo: 2024

Enlaces

Resolución de la Dirección General de Medio Ambiente por la que se aprueba el Programa de Inspección Ambiental de la Región de Murcia para el año 2024 (BORM nº 25, 31/01/2024)

Objetivos / Ejes de actuación

1 Objeto.

El objetivo general del Programa de Inspección Ambiental es el de programar las inspecciones ambientales que durante el año 2024 se realicen en la Región de Murcia, tal y como se establece en el artículo 130 de la Ley 4/2009, de 14 de mayo, de protección ambiental integrada.

Se pretende con ello garantizar el cumplimiento de la normativa medioambiental y, por tanto, prevenir, proteger y reducir o eliminar, si se puede, los efectos potencialmente lesivos para el medio ambiente derivados de la actividad industrial, disfrutando de un mayor nivel de protección del medio ambiente.

2. Objetivos específicos.

Se supervisarán y controlarán las diferentes actividades e instalaciones con el fin de conocer el grado de cumplimiento de los requisitos impuestos en las autorizaciones ambientales autonómicas; se comprobará el grado de cumplimiento de la normativa aplicable a los traslados transfronterizos de residuos; se vigilarán y controlarán las actividades o instalaciones de nuestro territorio para el descubrimiento de las no autorizadas; se comprobarán, en aquellas actividades que lo precisan, el cumplimiento de las declaraciones de impacto ambiental en el que la Consejería con competencias en materia de medioambiente represente el órgano sustantivo; se investigarán accidentes o incidentes con efectos ambientales, se controlarán si las ECAS inscritas cumplen con las condiciones de su inscripción y las actuaciones desarrolladas por éstas y, por último, se verificarán las denuncias que se formulen adecuadamente ante la Dirección General de Medio Ambiente y ofrezcan indicios racionales de la comisión de una infracción ambiental.

Fecha de Actualización: 31/01/2024

Categorización

Archivo - Clasificacion CARM


Nota de alcance

Fuente principal de datos:
Información suministrada por cada Consejería
Última actualización:
06/02/2023