Ficha de órgano colegiado

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Consejo de Vivienda de la Región de Murcia

Consejo de Vivienda de la Región de Murcia

ACTIVO: Este órgano se encuentra activo.

Fecha de Actualización: 06/02/2024

Órgano colaborador de la Administración regional para facilitar la coordinación entre los distintos agentes relacionados con el sector de la vivienda y el estudio y análisis de la evolución del mismo en la Región de Murcia, cuyas conclusiones podrán ser utilizadas por el Consejo de Gobierno en la planificación de su política pública en materia de vivienda. Está adscrito a la consejería competente en materia de vivienda, ostentando la presidencia del mismo el consejero competente en materia de vivienda. Funciones. El Consejo tendrá las siguientes funciones: a) Establecer criterios que permitan homogeneizar las posiciones de los distintos agentes implicados en el sector de la vivienda y que tengan representación en el mismo. b) Proponer medidas que permitan la mejora de las condiciones de acceso a la vivienda en el ámbito de la Región de Murcia. c) Proponer líneas de actuación en materia de promoción pública de viviendas en el ámbito de la Región de Murcia. d) Fomentar el diálogo permanente de los agentes implicados en el sector de la vivienda. e) Evacuar cuantos informes y consultas en materia vivienda les sean solicitados por cualquiera de las administraciones competentes en la materia. f) Evaluar la evolución del sector de la vivienda en materia de compraventa, rehabilitación y arrendamiento, elevando a los órganos competentes las propuestas que estime oportunas. g) Promover la cooperación y colaboración entre las entidades representadas en el Consejo, a fin de que se coordinen las distintas iniciativas en la materia.

Composición

1. Presidente/a: la persona titular de la Consejería competente en materia de vivienda.

2. Vicepresidente/a: la persona titular de la Dirección General competente en materia de vivienda.

3. Vocales:

a) Designados por el Presidente del Consejo de la Vivienda:

  • Un representante de la Dirección General competente en materia de vivienda.
  • Un representante de la Oficina para la Gestión Social de la Vivienda.
  • Un representante del Servicio de Orientación y Mediación Hipotecaria y de la Vivienda.
  • Un representante de la Consejería competente en materia de política social, a propuesta de la expresada Consejería.

b) Designados por las propias entidades, conforme a sus normas de funcionamiento, a petición del Consejero competente en materia de vivienda:

  • Un representante de la Federación de Municipios de la Región de Murcia.
  • Un representante del Colegio Oficial de Arquitectos de la Región de Murcia.
  • Un representante del Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de la Región de Murcia.
  • Un representante del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de la Región de Murcia.
  • Un representante de la Federación Regional de Empresarios de la Construcción (FRECON).
  • Un representante de la Asociación de Promotores Inmobiliarios de la Región de Murcia.
  • Un representante de la Federación de Asociaciones de Vecinos de la Región de Murcia.
  • Un representante de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia.
  • Un representante de las entidades financieras que operan en la Región de Murcia.
  • Un representante de los Colegios de Notarios y Registradores de la Región de Murcia.
  • Un representante del Comité de Entidades de Representantes de Personas con Discapacidad de la Región de Murcia (CERMI).
  • Un representante del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de la Región de Murcia.
  • Un representante del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de la Región de Murcia.
  • Un representante del Colegio Oficial de Administradores de Fincas.

 4. Secretario/a, que actuará con voz y sin voto, será un funcionario, adscrito a la Dirección General competente en materia de vivienda.

 

Sesión de 26-06-2020

Sesión de 30-9-2020

Sesión de 14-4-2021

Sesión de 2-12-2022

Categorización