Ficha de órgano colegiado

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Consejo de Salud de la Región de Murcia

Consejo de Salud de la Región de Murcia

ACTIVO: Este órgano se encuentra activo.

Fecha de Actualización: 20/06/2022

Corresponderá al Consejo de Salud, en su calidad de órgano de asesoramiento, consulta, seguimiento y supervisión de la actividad de la respectiva área, ejercer las siguientes funciones: a.Asesorar y formular propuestas al Consejo de Dirección del Área en los asuntos relacionados con la protección de la salud y la atención sanitaria en su territorio. b.Verificar que las actuaciones en el Área de Salud se adecuen a la normativa sanitaria y desarrollen de acuerdo con las necesidades sociales y las posibilidades económicas del sector público. c.Promover la participación de la comunidad en los centros y establecimientos sanitarios. d.Conocer el anteproyecto del Plan de Salud del Área e informar sobre el mismo, con carácter previo a su aprobación. e.Conocer el anteproyecto de presupuesto del Área de Salud e informar sobre el mismo, con carácter previo a su aprobación. f. Conocer la Memoria anual del Área de Salud e informar sobre la misma, incluyendo en ella los resultados económicos y sanitarios, con carácter previo a su aprobación.

Composición

1. Presidente del Consejo de Salud de la Región de Murcia: el Titular de la Consejería competente en materia de sanidad, que podrá delegar en el Vicepresidente.

2. Vicepresidente: el Secretario General de la Consejería.

3. Vocales:

a) Cuatro representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

b) Tres representantes de la Federación Regional de Municipios.

c) Un representante de cada una de las Organizaciones Sindicales a que se refiere el artículo 87.2 de la Ley del Personal Estatutario del Servicio Murciano de Salud, así como de cada una de las centrales sindicales con mayor implantación general en la Región de Murcia.

d) Dos representantes de las organizaciones empresariales con mayor arraigo en la Región de Murcia.

e) Dos representantes por las asociaciones de vecinos.

f) Dos representantes por las organizaciones de consumidores y usuarios más representativas.

g) Un representante de cada uno de los colegios profesionales del área socio-sanitaria.

h) Un representante por las sociedades científicas regionales del campo de la salud.

i) Un representante de la Universidad de Murcia.

j) Un representante de cada una de las áreas de salud en que se divide la Región de Murcia.

k) Dos representantes de las entidades de enfermos crónicos.

l) Un representante de las asociaciones de voluntariado.

4. Secretario: actuará como secretario, con voz pero sin voto, un funcionario de la Administración Sanitaria, designado por el Presidente del Consejo.

Sesión de 09-01-2019

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