Ficha de órgano colegiado

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Comisión de Coordinación de Policías Locales

Comisión de Coordinación de Policías Locales

ACTIVO: Este órgano se encuentra activo.

Fecha de Actualización: 11/11/2016

Tiene como funciones:

a) Informar los proyectos de disposiciones generales que en materia de Policías Locales se elaboren por la Administración autonómica, y por los ayuntamientos de la Región.

b) Proponer, a través de su Presidente, a los órganos de las distintas administraciones públicas la adopción de cuantas medidas se consideren convenientes para la mejora de los servicios de las Policías Locales y para la homogeneización de sus medios técnicos.

c) Informar la programación de los cursos que se realice por la Escuela de la Policía Local de la Región de Murcia

Composición

  • Presidente: El Consejero que ostente la competencia genérica en materia de coordinación de las Policías Locales.
  • Vicepresidente: El Director General o titular del órgano de la Administración regional que ostente la competencia específica en la materia.
  • Vocales:

- Dos funcionarios en representación de la Comunidad Autónoma, propuestos por el Vicepresidente. 

- Siete representantes de los ayuntamientos de la Región, propuestos por la Asociación de Municipios de ámbito regional más representativa.

- Tres representantes de los miembros de las Policías Locales, propuestos por las centrales sindicales más representativas en su ámbito dentro del territorio de la Región.

- Un Jefe de un Cuerpo de Policía Local, propuesto por el Vicepresidente.

  • Secretario: un funcionario del órgano al que corresponda la vicepresidencia, con voz y sin voto.

Categorización