Comisión delegada del Consejo de Gobierno para la Creación de Empleo
Fecha de Actualización: 17/05/2018
Composición
Integran la Comisión Delegada, como miembros permanentes, el Presidente del Consejo de Gobierno y los titulares de las siguientes Consejerías:
- Consejería de Presidencia y Empleo
- Consejería de Economía y Hacienda
- Consejería de Educación, Cultura y Universidades
- Consejería de Industria, Turismo, Empresa e Innovación
2. A la Comisión Delegada para la creación de empleo, cuando el orden del día de una sesión determinada así lo aconseje, podrán incorporarse los titulares de otras Consejerías que, en cada caso, se designen por el Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en función de los asuntos a tratar.
3. La Comisión Delegada para la creación de empleo será presidida por el Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y ostentará la vicepresidencia el titular de la Consejería competente en materia de empleo, que podrá ejercer la Presidencia de la misma, por delegación del Presidente.
4. Actuará como Secretario de la Comisión el titular de la Consejería competente en materia de Economía y Hacienda.
5. También podrán asistir a las reuniones de la Comisión quien, no siendo miembro de la misma, sea autorizado por el Presidente, a iniciativa de éste o de cualquier miembro de la Comisión, a los únicos efectos de informar o asesorar sobre algún asunto que se debata en ellas.