Ficha de órgano colegiado

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Consejo Asesor Regional de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia

Consejo Asesor Regional de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia

ACTIVO: Este órgano se encuentra activo.

Fecha de Actualización: 04/07/2023

Tiene la finalidad de ser el lugar de encuentro de los interlocutores sociales y la Administración Autonómica, que permita el examen conjunto de temas de interés mutuo con el fin de llegar a soluciones aceptadas de común acuerdo, de ser el cauce de participación institucional de los interlocutores sociales, de ser el medio para el cumplimiento de los compromisos adquiridos en materia de seguridad y salud laboral, y de ser el órgano consultivo regional en esta materia.

Se trata, en definitiva, de un órgano de composición tripartita, integrado por representantes de la Administración Pública Regional, y de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, cumpliendo así lo dispuesto en la Ley 9/1985, de 10 de diciembre, de los órganos consultivos de la Administración Regional.

Composición

El Pleno del Consejo está compuesto por representantes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de las organizaciones empresariales y organizaciones sindicales más representativas, de acuerdo con la siguiente distribución:

a) Presidencia, que la ocupará el titular de la Consejería competente en materia de seguridad y salud laboral.

b) Vicepresidencia, que la ocupará el titular de la Dirección General competente en materia de seguridad y salud laboral, que sustituirá al titular de la Presidencia del Consejo en caso de ausencia, vacante o enfermedad de este.

c) Tres miembros en representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que serán: El titular de la Dirección General competente en materia de industria. El titular de la Dirección General competente en materia de industria agroalimentaria y capacitación agraria. El titular de la Dirección General competente en materia de salud pública.

d) Seis miembros en representación de las organizaciones empresariales más representativas.

e) Seis miembros en representación de las organizaciones sindicales más representativas.

2. La Secretaría, que la desempeñará personal de la Dirección General competente en materia de seguridad y salud laboral, designado por su titular, y que asistirá a las reuniones con voz pero sin voto.

Sesión de 10-5-2016

Anexos

Sesión de 7-4-2017

Anexos

Sesión de 21-9-2017

Anexos

Sesión de 27-2-2018

Anexos

Sesión de 25-5-2018

Sesión de 24-9-2018

Sesión de 11-2-2019

Sesión de 20-11-2020

Sesión de 26-5-2021

Sesión de 12-4-2022

Categorización

Archivo - Clasificacion CARM

Temas